Psicóloga y Educadora Social
MALTRATO PSICOLÓGICO POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA
El maltrato psicológico a la pareja consiste en actos no accidentales verbales o simbólicos por parte de un miembro de la pareja que provoquen o generen una probabilidad razonable de provocar daños significativos al otro miembro.
Esta categoría se debe utilizar cuando se ha producido este tipo de maltrato psicológico durante el último año.
Los actos de maltrato psicológico consisten en amonestar o humillar a la víctima, interrogarla, restringir su libertad de movimientos, obstruir su acceso a la asistencia (p. ej., al cumplimiento de la ley, a recursos legales, de protección o médicos), amenazar a la víctima con una agresión física o sexual, dañar o amenazar la integridad de personas o cosas que importen a la víctima, restringir injustificadamente su acceso a los recursos económicos, aislarla de su familia, amigos o recursos sociales, acecharla e intentar hacerle creer que está loca.
Maltrato
psicológico por parte del cónyuge o la pareja, confirmado
995.82 (T74.31XA) Hallazgo inicial
995.82 (T74.31XD) Hallazgo ulterior
Maltrato psicológico por parte del cónyuge o la pareja, sospechado
995.82 (T76.31XA) Hallazgo inicial
995.82
(T76.31XD) Hallazgo ulterior
Otras circunstancias relacionadas con el maltrato psicológico por parte del cónyuge o la pareja
V61.11 (Z69.11) Visita de salud mental para la víctima de maltrato psicológico por parte del cónyuge o la pareja
V15.42 (Z91.411) Historia personal (antecedentes) de maltrato psicológico por
parte del cónyuge o la pareja
V61.12 (Z69.12) Visita de salud mental para el autor del abuso psicológico hacia el cónyuge o pareja
Atención psicológica en problemas de:
Atención psicológica en:
Atención psicológica en otros trastornos:
Precio 60 euros
Duración 1 hora
Pedir cita:
Consultas
Centro de Psicología María Jesús Suárez Duque
C/ Tunte,6 Vecindario (Frente al Centro Comercial Atlántico, a la derecha de la oficina de correos)
Pedir cita: 630723090